DEVOLUCIÓN I.R.P.F. MATERNIDAD

A TODOS LOS TRABAJADORES

Por la reciente sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo contencioso-administrativo, de fecha 3 de octubre de 2018, PROGRESA iniciamos una campaña, para nuestros afiliados, en la que instamos a que los trabajadores  puedan reclamar la petición de devolución de las retenciones de IRPF que indebidamente se les aplicaron en las prestaciones por maternidad de la Seguridad Social.

Tienes el formulario tipo en la página Web, que deberás rellenar con tus datos en caso de querer reclamar, también lo puedes hacer pidiendo cita y rellenándolo con la asesoría en la sede del sindicato.

El paso siguiente es presentar la solicitud en cualquier registro general, si en el plazo de 6 meses no existe resolución expresa de la Agencia Tributaria (AEAT), se tendrá que llevar a cabo la correspondiente reclamación ante el Tribunal Económico Administrativo. Si finalmente la resolución de este último fuera negativa entonces es cuando se abriría la vía judicial siendo esta la contenciosa administrativa.(solo en este caso puedes acudir a nuestra asesoría para llevar a cabo la referida demanda)

 

Formas de presentar la solicitud: Varias formas

 

1.-POR ESCRITO

Presentar el formulario dirigido a la Administración de la AEAT de la página web o relleno en la asesoría, solicitando la “rectificación de la autoliquidación del IRPF del ejercicio correspondiente” donde tengas tu domicilio fiscal, por haber percibido la prestación de maternidad por parte de la Seguridad Social, declarada exenta por sentencia del Tribunal Supremo.

 

2.-POR INTERNET

Para los ejercicios 2016 y 2017.

Hay que hacer la rectificación de la declaración presentada a través del programa Renta Web disponible en la página www.agenciatributaria.es

Acceso para 2016:

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y_Servicios/Impuestos_y_Tasas/IRPF/Modelo_100_Mode_Declaracion_y_documentos_de_ingreso_o_devolucion_/Tramites/Ejercicios_anteriores/Ejercicio_2016/Ej ercicio_2016.shtml

Una vez dentro del enlace, se debe seleccionar: Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)

 

Acceso para 2017:

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/G229.shtml Una vez dentro del enlace, se debe seleccionar: Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)

 

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