PRIORIDAD A LOS CONVENIOS VASCOS SOBRE LOS ESTATALES

CONFEBASK Y LAS CENTRALES SINDICALES FIRMAN UN PACTO QUE DA PRIORIDAD A

LOS CONVENIOS VASCOS SOBRE LOS ESTATALES

Patronal y sindicatos vascos logran su primer gran acuerdo desde 1999

La patronal Confebask y los cuatro principales sindicatos vascos han alcanzado este martes un acuerdo interprofesional de negociación colectiva que da prioridad a los convenios vascos sobre los de ámbito estatal, lo que supone el primer gran pacto laboral logrado en el País Vasco desde el año 1999.

El acuerdo entre la patronal y las centrales sindicales, reunidas hoy en la sede del Consejo de Relaciones Laborales durante menos de una hora, se ha cerrado en el tercer encuentro que las partes han mantenido desde que el pasado 30 de noviembre se constituyera la mesa de negociación.

En aquella primera cita, la patronal vasca presentó un borrador para un acuerdo, al que los sindicatos pudieron plantear aportaciones, aunque únicamente lo hicieron ELA y LAB. La siguiente reunión se produjo el 10 de enero, en la que no se llegó a un acuerdo, aunque sí se dieron avances.

El acuerdo tiene como objetivo establecer la estructura de la negociación colectiva en el ámbito de Euskadi, así como otorgar «prioridad aplicativa» a los convenios y acuerdos estatutarios territoriales e interterritoriales de la Comunidad Autónoma del País Vasco frente a otros convenios o acuerdos de ámbito estatal que puedan concurrir con ellos.

El acuerdo tendrá vigencia indefinida a partir de su publicación, aunque cualquiera de los firmantes podrá denunciarlo, de forma expresa, mediante «comunicación fehaciente» a las demás partes a partir del 31 de diciembre de 2020. Asimismo, se establece que este acuerdo seguirá vigente hasta la firma de otro que lo sustituya.

El artículo 3 hace referencia a la negociación colectiva sectorial y la prioridad aplicativa, y establece que el acuerdo garantiza, al amparo de lo establecido en el artículo 83.2 del Estatuto, la «prioridad aplicativa» de los convenios y acuerdos territoriales e interterritoriales suscritos en Euskadi, «sobre cualquier otro convenio sectorial o acuerdo marco de ámbito estatal preexistente o posterior a la firma de este acuerdo interprofesional».

En otro punto del borrador, el artículo 4, se establece que esa prioridad aplicativa se entiende, en todo caso, «sin perjuicio de las materias reservadas al ámbito estatal» en el artículo 84.4 del Estatuto de los Trabajadores. El texto establece que el acuerdo será de aplicación a las empresas y a trabajadores del País Vasco que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de los convenios sectoriales y acuerdos a los que se refiere este artículo 4.

En el último artículo se contempla la creación de una comisión mixta interpretativa, que, además de las funciones y competencias ordinarias, deberá ser informada expresamente de la apertura de cualquier nuevo ámbito negocial dentro de Euskadi.

EL PAIS 18/01/17